Control Externo Eficiencia Energética
Verificando el cumplimiento del CTE y demás normativa aplicable, en edificios de nueva construcción o en la rehabilitación. Realizamos la Supervisión de la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios incluyendo el Control Externo de la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.
¿Quién puede ejercer como Entidad de Control Externo del Certificado Energético?
El Real Decreto 410/2010 estable los requisitos exigibles a la Entidad de Control Externo del Certificado Energético (Entidad de Control de Calidad en la Edificación ECCE) para el ejercicio de su actividad.
Además, la Orden VIV 1744/2008, establece el Registro del Código Técnico de la Edificación, englobando, entre otras cosas, el Registro General de las ECCE, especificando aquellas que ofrecen el control externo certificado energético.
La Entidad de Control Externo del Certificado Energético verifica el cumplimiento del procedimiento, la calificación energética atribuida de acuerdo con la metodología de cálculo aplicada y la exactitud de los datos consignados en los certificados
Cual es tu Proyecto
PROYECTO DE OBRA NUEVA (REGISTRO DEL CERTIFICADO)
Incluye el certificado energético de proyecto
El registro se realizara antes del inicio de las obras en el organo competente de la comunidad autónoma.
INICIO DE LAS OBRAS (CONTROL EXTERNO)
Realizado por empresas acreditadas.
visitas de control durante la ejecución de la obra conforme a los criterios de la comunidad autónoma.
Decenalia Consultores está acreditada
FIN DE OBRA (LICENCIA OCUPACIÓN O ACTIVIDAD
Registro del certificado de eobra terminada (Técnico competente del promotor).
la empresa de control externo añade su informe de control y confirma la calificación de obra terminada
Para obtener la licencia de ocupación o actividad los ayuntamientos exigen documentos del registro.
¿Cuáles son las fases a realizar en el Control Externo del Certificado Energético?
FASE 1
Análisis del proyecto de ejecución y su Certificación Energética.
Esto da lugar al Informe Previo de control externo.
FASE 2
FASE 3
¿Sobre que edificios es obligatorio contratar el Control Externo del Certificado Energético?
Por tanto, las Comunidades Autónomas deben poner en marcha los requisitos para realizar el Control Externo.
Regulado a través del Decreto 39/2015,
Se efectúa sobre aquellos Certificados de Eficiencia Energética de Obra Nueva,
Todas las Clases Energéticas A, B y C siempre tendrán control externo.
Antes del inicio de las obras: el promotor debe contratar el Control Externo a una empresa Acreditada.
La Etiqueta Energética y el documento de registro de edificio terminado son requisito obligatorio para obtener la licencia de ocupación (vivienda) o de apertura (terciario).
Cumplir con las exigencias del DB-HE 2013 da como resultado una Clase Energética C como mínimo en vivienda y una Clase Energética B como mínimo en terciario, por tanto, todos los edificios de obra nueva están obligados a disponer de una Entidad de Control Externo del Certificado Energético.
¿Por qué Contratar a Decenalia Consultores?

Verificación del cumplimiento del CTE

Supervisión de la Certificación

Cumplimiento de requisitos

Sistema de Gestión de Calidad

Seguro de Responsabilidad Civil

Personal Técnico
¿Cómo Obtener el Certificado de Eficiencia Energética?
VISITA A LA VIVIENDA DEL TÉCNICO
CÁLCULO CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO
REGISTRO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO
Preguntas Frecuentes
¿Es obligatorio tener un certificado de eficiencia energética?
¿Quién puede emitir un certificado de eficiencia energética?
¿Cuánto cuesta obtener un certificado de eficiencia energética?
¿Cuánto tiempo es válido un certificado de eficiencia energética?
¿Qué consecuencias tiene no disponer del certificado de eficiencia energética?
Además, es un requisito legal en muchos casos para formalizar contratos de compraventa o alquiler.
